Periódicamente se anuncia la incorporación de nuevos miembros plenos al Mercosur. Hace un tiempo fue el caso de México. Ahora se trata de Venezuela. Lo concreto es que aún no está claro el alcance del anuncio realizado por el presidente Hugo Chávez en Salamanca. Los gobiernos de la Argentina y Brasil no han efectuado pronunciamientos formales oficiales sobre el alcance del mencionado anuncio. Sólo han habido declaraciones de prensa de funcionarios que expresaron una actitud positiva.
Al respecto cabe tener en cuenta que, por un lado, Venezuela ya tiene status de país asociado del Mercosur (Decisión CMC Nº 42/04). Por otro lado, el artículo 20 del Tratado de Asunción prevé que todo país miembro de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) podrá solicitar su adhesión al Mercosur. Pero, a su vez, establece que tal adhesión se efectúe mediante negociación y que la aprobación de la solicitud sea objeto de decisión unánime de los cuatro socios.
Ha trascendido que tal decisión podría adoptarse en ocasión de la Cumbre del Mercosur, por realizarse en Montevideo en diciembre próximo. En tal caso, tres complejas cuestiones deberán ser luego tenidas en cuenta. La primera es la incorporación de Venezuela -que a su vez es país miembro de la Comunidad Andina- al régimen de libre comercio intra-Mercosur. La segunda es la adaptación de su arancel comercial al Arancel Externo Común del Mercosur. Y la tercera es la incorporación al ordenamiento jurídico interno de Venezuela de todos los compromisos ya asumidos por los países del Mercosur y que forman parte integral del Tratado de Asunción, incluyendo por ejemplo, el Protocolo de Olivos sobre solución de controversias.
Parece importante que los sectores empresariales sean oportunamente consultados sobre los alcances del proceso de adecuación del nuevo miembro a las preferencias económicas que los actuales socios se han otorgado en virtud del Tratado de Asunción.
La negociación por desarrollarse para definir las condiciones de la incorporación de Venezuela como miembro pleno -o la de cualquier otro país miembro de la Aladi que así lo requiriera-, debería ser recogida luego en un instrumento jurídico internacional multilateral, firmado por los cinco países y debidamente ratificado por sus respectivos parlamentos. Si ello fuera así, la plena incorporación demandaría un cierto tiempo.
Por Félix Peña
El autor es especialista en relaciones económicas internacionales.
Fuente: Suplemento Comercio Exterior - Diario La Nación