En los próximos días se publicará en el Boletín Oficial un decreto que eliminará restricciones al registro de importadores y exportadores. En adelante, las devoluciones de IVA y los reintegros servirán como garantías. También se aceptará un comprobante acerca de la capacidad de comercializar el producto. Y podrán incorporarse aquellos que tengan deudas impositivas. La abrupta baja del dólar, debajo de 3 pesos, y la necesidad de fortalecer la salida exportador impulsaron la eliminación de barreras reglamentarias.
Los requisitos que se establecieron en el decreto número 2.690 del año pasado fueron considerados excesivos por una gran parte del sector productivo. En consecuencia, el ministro de Economía, Roberto Lavagna, preparó junto a su par de Producción, Aníbal Fernández, un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) modificatorio del anterior, además de la reglamentación pertinente.
De hecho, el nuevo registro de comercio exterior, creado en diciembre último, no pudo implementarse debido a la ausencia de la norma reglamentaria. Esta se fue posponiendo por las quejas de los sectores productivos al decreto original, reclamos que dieron origen al texto que está próximo a publicarse.
La mayor traba era la obligación de no tener deudas impositivas para realizar las operaciones, barrera que finalmente fue dejada de lado. "Ya no es necesario que los exportadores estén al día con la AFIP", confirmó una fuente de la Aduana.
Otro cambio importante tiene que ver con las garantías exigidas para incorporarse al registro. En lugar de una caución, bastará con demostrar la capacidad de producción y la capacidad de comercializar el producto. "Ya no se exigirá una garantía directa. En la Aduana vamos a cambiar el régimen de garantías", confió la fuente.
De esta forma bastará con demostrar la existencia de un cliente que esté dispuesto a terminar la operación, en el país o en el exterior. Esto se generó a partir de los conflictos surgidos con las aseguradoras, muchas de ellas sin la solvencia necesaria para vender cauciones.
Para aquellas ventas que requieran garantía se podrá utilizar el crédito de los exportadores en concepto de devolución de IVA y de reintegros. "Ambos comprobantes servirán de garantía flotante", precisó una fuente del Palacio de Hacienda. La última modificación al decreto original se relaciona con el impedimento a incorporarse al registro a personas procesadas ante la Justicia. En lugar de solicitar la certificación de que se está libre de causas penales, bastará con hacer una declaración jurada al respecto.
El severo control a los operadores de comercio externo nació con una vieja queja del sector productivo. Según explicaron, muchas empresas, en particular vinculadas a proveedores de hipermercados, eran fantasmas aunque esto no se podía comprobar. Importaban sin pagar impuestos y esto generaba una competencia desleal para los productores locales.
- Marcha atrás
De allí las restricciones y el pedido excesivo de requisitos para entrar al registro que ahora corrigen por considerarlo demasiado exigente. "Hay que reconocer que el decreto de empadronamiento era muy restrictivo", comentaron en Economía.
Ayer, el DNU ya estaba corregido y la versión final estaba a la firma de Lavagna. Las fuentes aseguraron que se publicará en los próximos días junto a la reglamentación. El objetivo es que la liberalización legal contribuya a impulsar la salida exportadora, por ahora lejos de ser una realidad pese a la devaluación.
El año anterior las ventas externas sufrieron una caída de 5%. La ganancia de competitividad y un dólar por encima de los 3 pesos durante una gran parte del año no fueron suficientes. De 26.610 millones de dólares exportados en 2001 se pasó a u$s 25.346 millones en 2002.