La Secretaría de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, informa que se encuentran abiertas las convocatorias para el otorgamiento de subsidios ANR –Aportes No Reembolsables- y de préstamos, destinados a PyMEs de todas las regiones del país, que presenten proyectos de investigación y desarrollo y de modernización tecnológica, respectivamente. El cierre de dichas convocatorias está previsto para el día 15 de abril de 2003.
El Secretario de Ciencia, Tecnología e Innovación Productiva, Dr. Julio Luna, decidió lanzar en forma paralela en todo el país, las convocatorias regionales para el otorgamiento de subsidios ANR y de créditos de la Ley Nº 23.877 de Promoción y Fomento para la Innovación Tecnológica (no bancarizados), destinados a Pequeñas y Medianas Empresas. Por primera vez, se destinó el mismo monto para cada región, de manera tal de garantizar la equidad en la distribución de los fondos y de promover la reactivación del sector productivo nacional en su conjunto.
Para acceder a estos subsidios y créditos, los empresarios y productores de todo el territorio argentino, deberán presentar proyectos de innovación y modernización tecnológica en las áreas definidas como prioritarias: Competitividad Productiva, Producción y Sanidad Agropecuaria, Salud, Calidad de Vida y Desarrollo Económico Social y Recursos Renovables y no Renovables.
Las provincias de la región del Noroeste Argentino que se verán beneficiadas por estas convocatorias son Jujuy, Salta, Catamarca, Santiago del Estero y Tucumán.
Las de Cuyo son Mendoza, San Juan, San Luis y La Rioja.
Las del Noroeste son Entre Ríos, Corrientes, Misiones, Chaco y Formosa. Las de Centro son Santa Fe y Córdoba.
Las de Patagonia son La Pampa, Neuquén, Río Negro, Chubut, Santa Cruz y Tierra del Fuego.
Las de la Bonaerense son Provincia de Buenos Aires y Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
El objetivo de estas convocatorias es mejorar las estructuras productivas, incentivar la capacidad innovadora de las empresas, propiciar el desarrollo de nuevos productos o procesos para competir en el mercado nacional e internacional, posibilitar la adquisición de nuevas tecnologías, contribuir a la calidad de las prestaciones de servicios.
En el caso de los Aportes No Reembolsables, el monto de la convocatoria alcanza un total de 2 millones de pesos para cada región. Los fondos corresponden al Programa de Modernización Tecnológica II, a través del Contrato de Préstamo BID 1201/OC-AR. La subvención por proyecto es de hasta 50 mil pesos y hasta el 50 por ciento del presupuesto total del mismo.
Sólo serán seleccionados aquellos proyectos que contemplen la investigación y el desarrollo tecnológico, el desarrollo de tecnologías a escala piloto o prototipo, el desarrollo de innovaciones de productos o procesos, generación de conocimientos aplicables a una solución tecnológica, o la elaboración de planes de negocios para nuevos productos diferenciados. El período de ejecución posible es de hasta 24 meses y la unidad ejecutora puede ser propia de la empresa o contratada.
La convocatoria para créditos de la Ley Nº 23877 (no bancarizados), está dirigida a proyectos de modernización tecnológica, adaptación y mejora, adecuación de tecnología, perfeccionamiento de productos y procesos, introducción de tecnologías de gestión o sistemas de calidad, orientados a las áreas prioritarias definidas en el marco de los Programas y Proyectos Especiales de la SECyT. El período de ejecución posible es de hasta 24 meses.
El monto de la convocatoria alcanza un total de un millón de pesos para cada región. Estos fondos provienen de recursos de la Ley 23.877, de "Promoción y Fomento de la Innovación Tecnológica". Se otorgará hasta 100 mil pesos por empresa y por proyecto y hasta el 80% del presupuesto total del mismo.
En lo que respecta a la devolución de los préstamos, se estableció un período de hasta tres años de gracia y dos de amortización. Los intereses correspondientes a los mismos son un tercio de la menor tasa efectiva mensual del Banco Nación, durante el período de gracia y un medio mientras dure el período de amortización.
En ambas convocatorias, la prioridad en la selección de proyectos se llevará a cabo en función del nivel de innovación tecnológica que suponga cada propuesta, de su vinculación con el sector científico tecnológico nacional, de la generación de empleo prevista, de su nivel de pertinencia con los Programas y Proyectos Especiales en los que se enmarcan las áreas prioritarias.
Tanto los subsidios ANR como los créditos, permiten financiar gastos de personal de dirección, investigación y técnico; de equipamiento, materiales e insumos necesarios para la etapa de investigación y desarrollo; de capacitación de recursos humanos; de patentamiento o adquisición de licencias necesarias para el desarrollo tecnológico a realizar; de estudios de mercado y definición de plan de negocios; y de construcción de instalaciones o remodelaciones esenciales para el desarrollo del proyecto.
Cada propuesta será evaluada económica, técnica y financieramente por una Comisión ad-hoc creada para tales fines. También se realizará la evaluación de factibilidad y calidad tecnológica, de viabilidad técnica y financiera de la empresa.
El cierre de ambas convocatorias está previsto para el día 15 de abril de 2003 a las 12 horas.
Por otro lado, está abierta la oferta permanente de Créditos A Empresas -CAE- e Instituciones -CAI– de todo el país. Los CAE constituyen una línea de créditos de reembolso total obligatorio destinados a empresas productoras de bienes y servicios, que presenten proyectos de investigación y desarrollo de nuevos procesos productivos; de nuevos materiales y nuevos productos, incluyendo la construcción de plantas piloto y la tecnología requerida para pasar de escala piloto a escala industrial; de modificaciones o mejoras de la capacidad tecnológica, de procesos o productos en uso; entrenamiento técnico o formación de recursos humanos asociados al proyecto o gestión de calidad. El período de ejecución posible es de hasta 3 años.
Se otorgarán hasta 2 millones de pesos por empresa y por proyecto y hasta el 70% del presupuesto total del mismo. En lo que respecta a la devolución de los préstamos, se estableció un período de hasta cuatro años de gracia a partir del primer desembolso y cinco de amortización a partir del fin del período de gracia. La tasa de interés de retorno -TIR- exigida para los proyectos es del 12 por ciento y los intereses son variables.
Los criterios de selección se establecerán en función de los objetivos planteados por cada proyecto en cuanto al desarrollo o mejora de la capacidad tecnológica y la incorporación de conocimiento al proceso productivo, la reducción de costos de producción, la participación en el mercado prevista y el cumplimiento de normas de protección ambiental y bioseguridad establecidas por las instituciones oficiales.
Los CAI son líneas de créditos de reembolso obligatorio dirigidos a instituciones públicas o privadas que transfieran servicios tecnológicos a empresas productoras de bienes y servicios. Los proyectos financiados pueden contemplar la creación, ampliación o mejora de las instalaciones, del equipamiento, así como la capacitación de recursos humanos. El período de ejecución posible es de hasta 3 años.
Se otorgarán hasta 2 millones de pesos por institución y por proyecto y hasta el 80% del presupuesto total del mismo. En lo que respecta a la devolución de los préstamos, se estableció un período de hasta cuatro años de gracia a partir del primer desembolso y seis de amortización a partir del fin del período de gracia. La tasa de interés de retorno -TIR- exigida para los proyectos es del 12 por ciento y los intereses son variables. Los criterios de selección están definidos en función del desarrollo o incremento de la transferencia tecnológica prevista a las empresas.
Las bases y la documentación respectiva podrán solicitarse en la Secretaría de Ciencia y Tecnología, Avda. Córdoba 831, Cap. Fed., por tel. al 011-43115391/5690, por mail (Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo. ), o por correo postal, indicando la dirección a la cual debe remitirse la información o de la página web de la
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