Tanto emprendedores como experimentados productores y comerciantes saben que el centro del mercado de oferta y demanda es obviamente el producto a comerciar. De la correcta identificación del producto por parte de quienes deben manipularlo física o documentalmente, surgirán los tributos, derechos o beneficios que le correspondan en ocasión de la compra/venta internacional.
Establecer la relación comercial, seleccionar la empresa de transporte y la condición de la operación también determinan el logro del negocio que todos esperamos concretar. Pero como dijera anteriormente, el producto es el centro de la cuestión. Y con el fin de identificarlo correctamente y bajo un mismo código numérico, de modo que hablemos de la misma cosa en cualquier lugar del mundo sin limitaciones y conceptualizaciones de expresiones idiomáticas por la idiosincrasia de los países involucrados, se dispone a nivel internacional del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercaderías, basado en la Nomenclatura de Bruselas, creada por el Consejo de Cooperación Aduanera de 1950.
De la codificación asignada según la naturaleza, especie, género, tipo, principio de funcionamiento, aplicación y dependiendo del producto de que se trate, surgirán la tributación aplicable, las prohibiciones o las intervenciones de organismos extraaduaneros correspondientes y los beneficios a la exportación. Surge de lo antedicho el porqué es tan importante ubicar e identificar las mercaderías en el código que real y únicamente lo describe.
A este proceso de conectar el producto con su código identificatorio en el Sistema Armonizado se llama clasificar. Cuando un producto es correctamente clasificado, todos los impuestos o aranceles que pague en ocasión de su comercialización exterior serán los que realmente le correspondan, así como la intervención de organismos de control simultáneo al aduanero como el Renar, en caso de armas; el INAL, en caso de alimento;, el Anmat, en caso de medicamentos, etcétera.
Indudablemente el intercambio comercial de mercaderías le abre al mundo empresarial y profesional un campo de especializaciones diversas, y de servicios insustituibles tales como el packaging y los medios de transporte, por mencionar los que creo más relevantes. Pero sin duda, todo gira alrededor del objeto a comercializar. Ese producto, para no convertirse en la razón de posibles inhabilitaciones, suspensiones de firma, multas fiscales o sumarios, debe estar correctamente clasificado al momento de su despacho y ser así una fuente de grandes logros económicos para productores y empresarios en general.
Por Miriam R. Romero - Docente de Comercio Exterior - La Gaceta de Tucumán