El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria informó que se acordó, en el seno del Comité de Sanidad Vegetal del Cono Sur (COSAVE), que el 15 de agosto próximo entre en vigencia, en el comercio entre los países que lo integran y Chile, la Norma Internacional de Medidas Fitosanitarias (NIMF) 15 de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación – FAO, por sus siglas en inglés–, que regula el tratamiento al que debe someterse todo embalaje de madera utilizados en el comercio internacional.
Asimismo, en el transcurso del presente mes se comenzaría a aplicar la NIMF 15 en nuestro país para el comercio con el resto del mundo.
En el ámbito del SENASA funciona el Registro Nacional de Centros de Aplicación de Tratamientos a Embalajes de Madera (CATEM), estos son centros habilitados por SENASA para aplicar los tratamientos cuarentenarios establecidos en la NIMF 15 a los embalajes de madera y/o madera de soporte y acomodación destinados al transporte internacional de mercaderías de exportación. En la actualidad hay 72 centros registrados distribuidos en el territorio nacional.
A comienzos de este año la SAGPyA dictó la Resolución 3/2005 que incorporó a los hornos tradicionales de secado de madera dentro del tratamiento térmico fijado por la NIMF 15 y derogó la Resolución 626/03, incluyendo su contenido en la nueva directiva, lo que ordena en un solo texto las normas referidas a madera para embalajes.
Con la resolución 3/2005 el país estará en condiciones de abastecer la demanda de madera para embalaje y acomodación.