Por motivos de transparencia en el mercado
mundial,es necesario tener en cuenta la norma recomendada para las uvas de mesa por
el Grupo de trabajo de normalización de los alimentos perecederos y de desarrollo de la
calidad,de la Comisión Económica para Europa de las Naciones Unidas
(CEE/ONU).
Esta norma ha sido modificada en diversas ocasiones en
los últimos dos años, por lo que resulta oportuno actualizar la norma
comunitaria.
El presente Reglamento entrará en vigor el vigésimo día
siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas y será
aplicable a partir del primer día del tercer mes siguiente al de su entrada en vigor.
Ver el Reglamento (PDF)
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- Categoría: Union-Europea
Modificación de las normas de comercialización de las Uvas de Mesa
El 29 de noviembre fue publicado en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas el reglamento 2137/2002 que modifica el Reglamento (CE) Nº 2789/1999 por el que se establecen las normas de comercialización aplicables a las uvas de mesa.