La exportación de obras de arte argentino creció un 65% en los últimos tres años: mientras que en 2005 fueron 17.465 los objetos artísticos que traspasaron las fronteras del país hacia otros territorios, el año pasado lo hicieron 29.319. El fenómeno se debe, por un lado, a la agilización del trámite para obtener el permiso de exportación y al cambio de cultura sobre la importancia de tramitarlo en un mundo que intensifica cada vez más los controles. Y, por otro lado, al importante incremento de ventas de obras a compradores del exterior, al menos hasta el año pasado, de acuerdo con la experiencia de las galerías de arte.
Los datos numéricos surgen de la Dirección de Artes Visuales de la Secretaría
de Cultura de la Nación, en la cual se tramita la licencia de exportación de
las obras. El director de Artes Visuales, Andrés Duprat, señaló que el certificado
de exportación constituye "un trámite que es un beneficio que da el Estado",
subrayó que no tiene ningún costo y se refirió al incremento en su realización
como "un cambio en la cultura legal del país".
Las exportaciones de obras de arte pueden ser temporarias (para muestras
o ferias de arte) o definitivas (por mudanzas o ventas al exterior). Durante los
tres años analizados fueron considerablemente superiores las exportaciones
definitivas: el año pasado se tramitaron 19.955 salidas definitivas y 3964 temporarias.
Dentro de las primeras, se estima que la mayoría corresponde a ventas de obras,
en buena medida empujadas por la realización de ferias que cada vez atraen a más
coleccionistas extranjeros, como arteBA.
El trámite está previsto en la ley 24.633 sobre circulación internacional de obras de arte, de 1996, que tiene una doble finalidad: contribuir a la difusión y circulación del arte y a la vez preservar el patrimonio cultural de la Nación. El texto de la norma establece una serie de disposiciones para las "obras de arte de artistas vivos o fallecidos hasta 50 años a contar de la fecha del deceso del autor, sean argentinos o extranjeros".
Entre otros puntos, la ley estipula que la exportación de obras artísticas está exenta del pago de todo recargo o tasa aduanera. Asimismo, Duprat indicó que la norma no exige que se realice una tasación previa como condición para obtener el certificado para exportar, como muchas personas creen.
El trámite para obtener el certificado se realiza en la Dirección de Artes Visuales
(Alsina 1169, 1° piso) y el formulario que debe llenarse se puede pedir allí o
bajarse de Internet desde la página de la Secretaría de Cultura ( www.cultura.gov.ar
). Consta de tres planillas que hay que completar con los datos del exportador
y del autor de la obra, y se deben adjuntar dos fotos de cada obra.
Valor que conviene
Galeristas y especialistas consultados sobre el incremento en las exportaciones
dijeron que entre 2005 y 2008 se produjo un muy importante aumento en la venta
de obras a compradores extranjeros, tendencia que -comentaron- este año empezó
a decrecer.
"El incremento de la exportación está dado porque hay una aceptación internacional
de la calidad del arte argentino y, al mismo tiempo, por la diferencia de valor
monetario entre el arte argentino y el internacional. A esto hay que sumar
el mayor número de extranjeros que visitó el país durante esos años, que compraron
obras que llevaron a su país de origen", dijo el especialista en mercado del arte
Adrián Gualdoni Basualdo.
En la galería Praxis comentaron que entre 2005 y 2008 hubo un aumento importante
en las ventas a compradores del exterior. En el mismo sentido opinó Norma
Quarrato, de la galería Palatina, al decir que durante esos años "hubo un boom
de ventas a extranjeros, tanto a coleccionistas como a turistas".
Según el texto de la reglamentación de la ley 24.633, la Dirección de Artes Visuales
deberá expedir la licencia para exportar "en un plazo que no deberá exceder
los diez días hábiles contados a partir de su presentación". Allí indicaron que
en este momento el trámite tarda 72 horas, salvo en los casos en los que se requiere
la evaluación del consejo consultivo previsto en la ley, que se reúne cada quince
días.
Si bien la exportación de una obra después debe pasar por la Aduana, desde el
punto de vista de los galeristas, la velocidad en la tramitación del certificado
para exportar es un factor muy importante porque permite concretar con más
facilidad las ventas, ya que otorga la posibilidad de que los compradores puedan
llevarse la obra consigo.
En Praxis dijeron que el trámite solía demorarse diez días hábiles, pero que después el tiempo se redujo y fue mejorando. En la experiencia de Quarrato, el trámite se demora "entre siete y diez días". Por su parte, Gachi Prieto, de la galería homónima, observó una "aceleración del proceso por parte de la Secretaría de Cultura en el último año", con una duración que está alrededor de los tres días entre que se inicia el trámite y se resuelve.
Una norma que requiere precisiones
Algunos puntos de la ley vigente todavía generan inconvenientes. Por ejemplo,
la necesidad de definir con más precisión qué objetos se consideran "obras de
arte" fuera de las pinturas o esculturas. Para Duprat, una norma no puede definir
taxativamente cuáles son objetos de arte, porque se corre el riesgo de dejar afuera
a muchos que corresponden a esta categoría, sobre todo cuando se habla de arte
contemporáneo. Otro punto problemático es que prevé un único lugar para tramitar
el certificado de exportación en todo el país, que es la sede de la Dirección
de Artes Visuales, en la ciudad de Buenos Aires. Por Laura Casanovas. Diario La Nación