La Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional del Ministerio de Economía y Producción informa que se encuentra abierto el llamado a presentación de proyectos para el Programa de Crédito Fiscal para Capacitación para empresas PyMEs del sector Software. A través del Programa de Crédito Fiscal para Capacitación se reintegran los gastos que las Micro, Pequeñas y Medianas Empresas realicen en capacitación de su personal. La capacitación se realiza acorde a un Proyecto presentado y aprobado por la Subsecretaría de la Pequeña y Mediana Empresa y Desarrollo Regional. El reintegro consiste en la emisión y entrega de un Certificado de Crédito Fiscal endosable, el cual puede aplicarse al pago de impuestos nacionales (Impuesto a las Ganancias, Ganancia Mínima Presunta, IVA, Impuestos Internos, etc.)
Para participar de este programa, las empresas y capacitadoras deberán inscribirse siguiendo los siguientes pasos:
ETAPA I: Presentación de un Proyecto de Capacitación
1. Inscribirse o revalidarse en el Registro de Empresas y en el de Unidades Capacitadoras, según corresponda:
a. Empresas registradas en los llamados 2004, 2005 o 2006 (Revalidarse)
b. Empresas que se registran por primera vez (Inscribirse)
c. Unidades Capacitadoras registradas en los llamados 2004, 2005 o 2006 (Revalidarse)
d. Unidades Capacitadoras que se registran por primera vez (Inscribirse)
2. Ingresar la Masa Salarial de los últimos 12 meses para cada empresa participante y el listado de los recursos humanos Empleados de al menos un curso de Capacitación.
3. Presentación electrónica del Proyecto.
4. Presentación por Mesa de Entradas (Av. Julio A. Roca Nro. 651, sección 2) de la documentación requerida.
ETAPA II: Evaluación técnico-pedagógica
La evaluación técnico-pedagógica será realizada por el Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas (CONICET).
ETAPA III: Asignación de cupo
La asignación de cupo será publicada en el Boletín Oficial de la República Argentina y comunicada a través de la página web del Programa.
ETAPA IV: Ejecución
Se otorgará un plazo de 12 meses desde la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la República Argentina para la ejecución del Proyecto.
ETAPA V: Rendición de Cuentas
Se permitirán hasta tres rendiciones parciales de los gastos incurridos en la ejecución del Proyecto admitidos por la reglamentación.
ETAPA VI: Emisión y entrega del Certificado de Crédito Fiscal
Los Certificados de Crédito Fiscal serán emitidos y entregados, por los gastos aprobados. Dichos certificados tienen carácter de endosables y no presentan fecha de vencimiento.
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