Estableció que es ilegal aplicar bandas de precios para las importaciones de
harinas, aceites y trigo
La controversia afecta a un mercado
exportador de 120 millones de dólares anuales.
Puede servir de antecedente
para otros países
El sector privado expresó su satisfacción.
La
Argentina obtuvo ayer por primera vez un fallo favorable en la Organización Mundial del
Comercio (OMC) desde que el organismo se creó en 1995, en una disputa con Chile por
exportaciones de aceites vegetales, trigo y harina de trigo por un valor de US$ 120
millones.
La OMC dictaminó que el sistema de bandas de precios (SBP)
que aplica Chile para la importación de esos productos es incompatible con las normas
agrícolas internacionales.
"Este es un logro importante de la nueva
estrategia comercial argentina de negociar en diversos escenarios en forma
simultánea", dijo el secretario de Relaciones Económicas Internacionales, Martín
Redrado.
Mayor ímpetu
"Es un muy buen antecedente que
nos da un mayor ímpetu para enfrentar los subsidios a la agricultura", añadió el
vicecanciller. El funcionario destacó la importancia que puede adquirir para las
exportaciones argentinas utilizar el Organo de Solución de Diferencias de la OMC.
Adelantó que la Cancillería está analizando la posibilidad llamar a
consulta, paso previo al comienzo de una querella, a Estados Unidos por las barreras
que impuso a las importaciones de acero. Recientemente inició un proceso similar con la
Unión Europea por trabas en el ingreso de vinos.
Redrado consideró
que la prohibición de aplicar bandas de precios también sirve de antecedente en la
negociación entre el Mercosur y la Comunidad Andina de Naciones (integrada por
Colombia, Venezuela, Ecuador, Perú y Bolivia).
Esta agrupación utiliza
un sistema similar que afecta a las exportaciones argentinas. El funcionario dijo que
antes de fines de año habrá una zona de libre comercio entre los dos bloques
económicos.
La decisión de la OMC provocó satisfacción en la
industria oleaginosa, el principal complejo exportador del país. "Esto demuestra que
cuando hay objetivos claros el Estado y el sector privado pueden trabajar juntos",
señaló el gerente de la Cámara de la Industria Aceitera de la República Argentina
(Ciara), Alberto Rodríguez. "Esperamos que Chile instrumente esta decisión cuanto
antes", añadió.
El ejecutivo destacó la labor realizada por la Dirección
de Solución de Controversias de la Cancillería, que llevó la argumentación legal y
técnica, en la OMC.
En los primeros meses de este año, cuando el
proceso atravesaba una instancia decisiva, el sector privado expresó su preocupación
por una supuesta actitud conciliatoria por parte del gobierno argentino. Se temía que la
Cancillería decidiera archivar la denuncia en la OMC a cambio de conseguir la reapertura
del mercado chileno para las carnes frescas argentinas, cerrado desde la reaparición de
la aftosa, en marzo de 2001.
Argumentos
"Son
negociaciones que corrieron por carriles separados", aclaró Redrado, aunque expresó su
preocupación por la demora de las autoridades de Chile en autorizar la reanudación de
las exportación cárnicas.
El argumento principal utilizado en esta
contienda por los diplomáticos argentinos sostiene que Chile habría violado una norma
que "constituye la pieza central del Acuerdo sobre Agricultura de la Ronda Uruguay y
sobre cuya interpretación no existían precedentes hasta este fallo del Organo de
Apelación (última instancia de la OMC)".
La protección agrícola que
estableció el país trasandino en 1999 consistió en que estableció un precio mínimo de
importación para aceites vegetales, harinas y trigo que se elevaba cuando el valor
internacional subía.
De esa manera, los industriales y los productores
chilenos tenían siempre un precio más competitivo que sus competidores de la
Argentina.
El Organo de Apelación comprobó ayer que el SBP de Chile
es violatorio del artículo 4, párrafo 2 del acuerdo de Agricultura, ya que, tal como había
afirmado el panel en primera instancia, constituye "una medida aplicada en la frontera
similar a un gravamen variable a la importación y a un precio mínimo a la importación".
Un comunicado de la Cancillería destacó que como consecuencia del
fallo, "Chile deberá aplicar en frontera derechos de aduana propiamente dichos y no
este tipo de sistemas que aun con un techo son inconsistentes cuando se aplican en la
agricultura".
Chile justificó ante la OMC la aplicación de las medidas de
salvaguardia permanente al trigo, la harina de trigo y los aceites vegetales con el
argumento de que las importaciones de esos productos dañaban la producción y la
industria nacionales en momentos en que los precios en los mercados internacionales
estaban en declinación. Sin embargo, el Organo de Apelación le dio la razón al Grupo
Especial, cuyos expertos ya fallaron a mediados de junio en favor de la
Argentina.
Fuente: Diario la Nación